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Documento BOE-A-1979-699

Ley 76/1978, de 26 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario de 68.500.000 pesetas para satisfacer la contribución voluntaria de ayuda a los refugiados árabes de Palestina.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1979, páginas 658 a 658 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1979-699
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1978/12/26/76

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:

Primero.

Se convalidan como obligaciones legales del Estado las contraídas por el Ministerio de Asuntos Exteriores en el ejercicio económico de mil novecientos setenta y siete, por un importe de sesenta y ocho millones quinientas mil pesetas sin crédito legislativo, y relativas a la ayuda voluntaria de España a la UNRWA.

Segundo.

Se concede, para abono de dichas obligaciones, un crédito extraordinario de sesenta y ocho millones quinientas mil pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección doce, «Ministerio de Asuntos Exteriores»; servicio once, «Dirección General de Organizaciones y Conferencias Internacionales»; capítulo cuatro, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y nueve, «Al Exterior»; concepto cuatrocientos noventa y uno/dos, «Para el pago de las cuotas correspondientes a la participación de España en las Organizaciones especializadas en las Naciones Unidas y demás Organismos Internacionales», contribución voluntaria de España de ayuda a los refugiados árabes de Palestina.

Tercero.

Los recursos que han de financiar el crédito extraordinario procederán de anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Dada en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNÁNDEZ GIL

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/12/1978
  • Fecha de publicación: 11/01/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 31/01/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Refugiados

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