Ilmo. Sr.: Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente promovido por la firma «Dista, S A. E,», en solicitud de que le sea prorrogado el período de vigencia del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo que le fue autorizado por Orden ministerial de 14 de febrero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 23), ampliado por Ordenes ministeriales de 26 de diciembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1975), 4 de marzo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 25) y 17 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre))
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
1. Prorrogar por dos años más, a partir del día 23 de febrero de 1976, el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la («Boletín Oficial del Estado» del 23), ampliada por Ordenes ministeriales de 26 de diciembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1975), 4 de marzo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 25) y 17 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre), para la importación de estolato de eritromicina, tetramicina y fonoprofeno cálcico y la exportación de especialidad farmacéutica.
2. Quedan incluidos en los beneficios de la concesión, que se prorroga, los envíos con destino a territorios fuera del área aduanera nacional.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 19 de febrero de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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