Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Madrid, con fecha 6 de marzo de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número 1.082/76, interpuesto por «Enrique González Freire contra este Departamento sobre inscripción en la Seguridad Social.
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Enrique González Freire contra los acuerdos de doce de abril y tres de mayo de mil novecientos setenta y seis; el primero, del Delegado provincial de Trabajo de Toledo; el segundo, del Director general de Ordenación y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social, por estar, ambos actos administrativos ajustados a derecho; sin expresa condena en costas.»
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.‒José María Reyes Monterreal.‒Fernando Ledesma Bartret.‒Juan Antonio Rossignoli Just (rubricados).»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 13 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Régimen Jurídico de la Seguridad Social.
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