Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 40.347 en única instancia ante la Sala Cuarta de la excelentísima Audiencia Nacional, entre la Compañía «Quimibérica, Sociedad Anónima», como demandante; y la Administración General del Estado, como demandada, contra resolución de este Ministerio de fecha 8 de mayo de 1976 por la que se interpuso a la Sociedad recurrente una multa por 500.000 pesetas, se ha dictado con fecha 29 de septiembre de 1978 sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimamos el recurso por hallarse ajustada a derecho la resolución del excelentísimo señor Ministro de Comercio de ocho de mayo de mil novecientos setenta y seis. Sin expreso pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de fecha 27 de diciembre de 1956.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 22 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid