Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-6614

Orden de 29 de enero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 506.594.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 1979, páginas 5529 a 5529 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-6614

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con el número 506.594, interpuesto por la Orden de los Servidores de los Enfermos, contra resolución de 12 de abril de 1975, sobre justiprecio de las parcelas 638, 639 y 640 del área de actuación Riera de Caldas (Barcelona), se ha dictado sentencia con fecha 24 de febrero de 1976, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que con estimación parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Consuelo Rodríguez Chacón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de la Orden religiosa de los Servidores de los Enfermos, contra la resolución del Ministerio de la Vivienda de doce de abril de mil novecientos setenta y cinco, que, en trámite de reposición, confirmó parcialmente la del propio Departamento ministerial de veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y uno, aprobatoria de la tasación conjunta y valoraciones del área de actuación Riera de Caldas (Barcelona), declaramos que dichas Ordenes ministeriales no se hallan ajustadas al ordenamiento jurídico aplicable, en cuanto se refiere a la valoración de las parcelas seiscientos treinta y ocho, seiscientos treinta y nueve y seiscientos cuarenta, y en su lugar disponemos que por el Ministerio de la Vivienda, en la actualidad de Obras Públicas y Urbanismo, se practique una nueva valoración conforme a los elementos que se señalan en el considerando segundo de esta sentencia, justiprecios que serán incrementados en un cinco por ciento en concepto de premio de afección, imponiendo asimismo a la Administración demandada el pago de los intereses legales correspondientes; sin hacer expresa imposición a ninguna de las partes de las costas del recurso.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 29 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro J. López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director gerente del Instituto Nacional de Urbanización.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid