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Documento BOE-A-1979-647

Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se aprueba el Plan de Conservación de Suelos de las fincas «El Higuerón» y «Los Yesos», de los términos municipales de Zahara de la Sierra, Algodonales y El Gastor, en la provincia de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1979, páginas 552 a 552 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-647

TEXTO ORIGINAL

A instancia del propietario de las fincas «El Higuerón» y «Los Yesos», de los términos municipales de Zahara de la Sierra, Algodonales y El Gastor (Cádiz), se ha incoado expediente en el que se ha justificado con los correspondientes informes técnicos que en las mismas concurren circunstancias que aconsejan la realización de obras, plantacioes y labores necesarias para la conservación del suelo agrícola, y a tal fin se ha tramitado por la Sección de Conservación de Suelos un Plan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 20 de julio de 1955, al que ha dado su conformidad el interesado. Las obras incluidas en el Plan cumplen lo dispuesto en los artículos 2.º y 3.º del Decreto de 12 de julio de 1962.

Vistas las disposiciones legales citadas, la disposición adicional 3.º de la Ley de 21 de julio de 1971, y el artículo 1.2 y disposición final 7.ª del Decreto-ley de 28 de octubre de 1971, este Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza: ha acordado:

Primero.

Queda aprobado el Plan de Conservación del Suelo Agrícola de las citadas fincas de una extensión de 207,65 hectáreas, quedando afectadas 140 hectáreas.

Segundo.

El presupuesto es de 1.504.332 pesetas, de las que 915.639 pesetas serán subvencionadas y las restantes 588.693 pesetas a Cargo del propietario.

Tercero.

De acuerdo con la legislación vigente este Instituto dictará las disposiciones necesarias para la realización y mantenimiento de las obras y trabajos incluidos en el referido Plan de Conservación de Suelos, así como para adaptarlos en su ejecución a las características del terreno y a la explotación de las fincas afectadas, fijar el plazo y ritmo de realización de las obras y para efectuarlas por sí y por cuenta del propietario, en el caso de que éste no las realice.

Madrid, 14 de noviembre de 1978.–El Director José Lara Alen.

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