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Documento BOE-A-1979-6448

Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se aprueba el plan de conservación de suelos del barranco «El Masegar», del término municipal de Moscardón, en la provincia de Teruel.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 1979, páginas 5459 a 5459 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-6448

TEXTO ORIGINAL

A instancia del Ayuntamiento de Moscardón, propietario del barranco «El Masegar», del término municipal de Moscardón (Teruel), se ha incoado expediente en el que se ha justificado con los correspondientes informes técnicos que en el mismo concurren circunstancias que aconsejan la realización de obras, plantaciones y labores necesarias para la conservación del suelo agrícola, y a tal fin se ha tramitado por la Sección de Conservación de Suelos un Plan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 20 de julio de 1955, al que ha dado su conformidad el interesado. Las obras incluidas en el Plan cumplen lo dispuesto en los artículos 2.º y 3.º del Decreto de 12 de julio de 1962.

Vistas las disposiciones legales citadas, la disposición adicional 3.ª de la Ley de 21 de julio de 1971 y el artículo 1.2 y disposición final séptima del Decreto-ley de 28 de octubre de 1971.

Este Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza ha acordado:

Primero.

Queda aprobado el Plan de Conservación del Suelo Agrícola del citado barranco, de una extensión de 52 hectáreas, quedando afectada la totalidad de la superficie.

Segundo.

El presupuesto es de 636.600 pesetas, de las que 509.280 pesetas serán subvencionadas y las restantes 127.320 pesetas a cargo del propietario.

Tercero.

De acuerdo con la legislación vigente, este Instituto dictará las disposiciones necesarias para la realización y mantenimiento de las obras y trabajos incluidos en el referido Plan de Conservación de Suelos, así como para adaptarlo en su ejecución a las características del terreno y a la explotación de las fincas afectadas, fijar el plazo y ritmo de realización de las obras y para efectuarlas por si y por cuenta del propietario, en el caso de que éste, no las realice.

Madrid, 8 de febrero de 1979.–El Director, José Lara Alen.

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