Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 7 de julio de 1978 en el recurso contencioso-administrativo número 401.915, interpuesto por doña Asunción Montes Campos contra este Departamento, sobre pensión de viudedad,
Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Asunción Montes Campos contra la resolución del Ministerio de la Gobernación de veinte de octubre de mil novecientos setenta y uno, desestimatoria del recurso de alzada promovido contra el acuerdo del Patronato Farmacéutico Nacional de veintiséis de enero de mil novecientos setenta y uno, que decidió suspender desde el segundo trimestre del expresado año las pensiones de viudedad que venían percibiendo las viudas de farmacéuticos que continúan con la Oficina de Farmacia abierta, y sin pronunciarnos en cuanto al fondo del asunto, debemos declarar y declaramos que la citada resolución ministerial recurrida es nula de pleno derecho y no tiene ningún valor ni efecto, al decidir dicho Departamento sobre cuestiones cuyo conocimiento corresponde a los Tribunales del orden civil; no hacemos imposición de las costas causadas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» e insertará en la «Colección Legislativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Enrique Medina, José Luis Ponce de León, el Magistrado don Fernando Vidal votó en Sala y no pudo firmar, Manuel Gordillo y José Gabaldón (rubricados).»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 5 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.
Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.
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