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Documento BOE-A-1979-6166

Orden de 11 de enero de 1979 por la que se legaliza a favor del Ayuntamiento de San Luis las obras de muelle varadero, ocupando 177 metros cuadrados de terrenos de dominio público de la zona marítimo-terrestre y de mar litoral, en playa de Binisatua, término municipal de San Luis (Menorca).

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 1979, páginas 5246 a 5246 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-6166

TEXTO ORIGINAL

El ilustrísimo señor Director general de Puertos y Costas, con esta fecha y en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 19 de septiembre de 1955 («Boletín Oficial del Estado» del 26), ha otorgado al Ayuntamiento de San Luis una autorización cuyas características son las siguientes:

Provincia: Baleares.

Término municipal: San Luis (Menorca).

Superficie aproximada. 177 metros cuadrados.

Destino: Legalización de muelle varadero en terrenos del dominio público de la zona marítimo-terrestre y mar litoral.

Plazo concedido: Quince años.

Canon unitario. 30 pesetas por metro cuadrado y año.

Prescripciones: Las obras objeto de la presente concesión serán de uso público gratuito.

Las obras necesarias de reparación y mejoras se realizarán empleando, al menos exteriormente, únicamente piedra natural rejuntada con mortero de cemento.

El peticionario deberá colocar, a su costa y en el plazo de seis meses, a partir de la fecha de otorgamiento, una línea de vallas de 100 metros de longitud para señalar en las inmediaciones de la playa la zona destinada a navegación y a bañistas. La citada línea será marcada por la Sexta Jefatura Regional de Costas y Puertos, y el balizamiento que le sea indicado por la Dirección General de Puertos y Costas.

El titular o beneficiaro de las obras a que se refiere la presente autorización vendrá obligado a colocar o suprimer carteles, a su costa y en el plazo en que se le ordene, para destacar el carácter de libre uso público gratuito de dichas obras, o bien evitar una falsa interpretación de zona privada o de uso restringido. Todo ello a juicio de la Jefatura Regional de Costas y Puertos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 11 de enero de 1979.–P. D., el Director general de Puertos y Costas, Carlos Martínez Cebolla.

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