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Documento BOE-A-1979-6067

Resolución del FORPPA por la que se amplían los plazos para la presentación de solicitudes de la subvención de dos pesetas por kilogramo de algodón bruto recogido manualmente en la campaña 1978-79.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1979, páginas 5170 a 5170 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-6067

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: La Resolución del FORPPA de 9 de diciembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 27) por la que se dictaban normas para el abono a los cultivadores de algodón de la subvención de dos pesetas por kilogramo de algodón bruto recogido manualmente en la campaña 1978-79, establecía en su norma tercera las fechas límites del 27 de enero y 31 de marzo de 1979 para el plazo de presentación de las solicitudes por el algodón bruto entregado hasta el 30 de noviembre de 1978 y hasta la terminación de la recogida de la cosecha, respectivamente.

Los trámites previos que exige la presentación de estas solicitudes ante las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Agricultura, así como el gran número de beneficiarios, aconseja ampliar los plazos previstos para la presentación de las solicitudes, principalmente en lo que afecta al algodón entregado hasta el 30 de noviembre de 1978.

En su virtud, por razones de urgencia, y sin perjuicio de su posterior ratificación por el Comité Ejecutivo y Financiero del FORPPA, esta Presidencia ha resuelto:

Unico.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención por el algodón bruto entregado hasta el 30 de noviembre de 1978 terminará el día 28 de febrero de 1979, y por el entregado desde aquella fecha hasta la terminación de la recogida de la cosecha finalizará el día 30 de abril de 1979.

Lo que digo a VV. II.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 9 de febrero de 1919.–El Presidente, Luis García García.

Para conocimiento: Ilmos. Sres. Subsecretario de Hacienda y Subsecretario de Agricultura.

Para cumplimiento: Ilmos. Sres. Director general de la Producción Agraria, Administrador general del FORPPA, Secretario general del FORPPA, Director de los Servicios Técnicos Agrícolas del FORPPA, Inspector general del FORPPA e Interventor Delegado en el FORPPA.

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