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Documento BOE-A-1979-6065

Resolución de la Delegación Provincial de Cáceres por la que se autoriza y declara en concreto de utilidad pública el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1979, páginas 5170 a 5170 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-6065

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Iberduero, S. A.», con domicilio en Cáceres, solicitando autorización de una instalación eléctrica y declaración en concreto de utilidad pública; cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/ 1966, de 20 de octubre, y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas características principales son las siguientes:

Línea eléctrica

Origen: Apoyo número 8 de la línea a 13.2 KV., E. T. D. «Casar de Cáceres-Enlace Viñas de la Mata».

Final: C. T. proyectado.

Término municipal afectado: Casar de Cáceres.

Tipo: Aérea.

Tensión de servicio: 13,2 KV.

Longitud en metros: 35.

Material: Apoyos de hormigón, crucetas metálicas y conductor de aluminio-acero 54,6 milímetros cuadrados de sección.

Estación transformadora

Emplazamiento: Polígono de tiro «Linos-Lago», de Casar de Cáceres.

Tipo: Intemperie.

Potencia: 25 KVA.

Número de transformador: 1.

Relación de transformación: 13.200/380-220 V.

Presupuesto en pesetas: 265.623.

Finalidad: Suministro de energía al polígono de tiro «Linos-Lago», en Casar de Cáceres.

Referencia del expediente A.T. 2.801.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Cáceres, 28 de diciembre de 1978.–El Delegado provincial, Raimundo Gradillas Regodón.–253-D. 

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