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Documento BOE-A-1979-6052

Orden de 11 de octubre de 1978 por la que se autoriza la implantación de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria en varios Centros de la provincia de Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1979, páginas 5164 a 5164 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-6052

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Examinados los expedientes tramitados a través de la Delegación Provincial a instancia de los Directores de los Centros que se indican, en los que solicitan autorización para impartir las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria;

Teniendo en cuenta que los citados Centros han sido clasificados con carácter provisional en la categoría académica de Homologados para las enseñanzas del Bachillerato Unificado y Polivalente,

Este Ministerio, vistos los informes favorables de la Inspección de Enseñanza Media del Distrito Universitario correspondiente y del Rectorado de la Universidad respectiva, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 y las Órdenes ministeriales de 13 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de 22 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» del 18 de abril) y de 24 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 31), ha resuelto autorizar la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria a los Centros que se indican a continuación:

Provincia de Toledo

Municipio: Toledo.

Localidad: Toledo.

Denominación: «Nuestra Señora de los Infantes».

Domicilio: Plaza del Colegio de Infantes, 12.

Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 4 de septiembre de 1975.

Número de puestos escolares para C. O. U.: 125.

Municipio: Toledo.

Localidad: Toledo.

Denominación: «Universidad Laboral Blas Tello».

Domicilio: Prolongación avenida de Portugal, sin número.

Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 23 de enero de 1978.

Número de puestos escolares para C. O. U.: 143.

Esta autorización está condicionada a que los Centros indicados obtengan la clasificación definitiva de Homologados según lo dispuesto en la Orden de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 15).

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 11 de octubre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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