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Documento BOE-A-1979-5567

Resolución del Registro de la Propiedad Industrial por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 915/76, promovido por «Helene Curtis Industries Inc.», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 22 de julio de 1976.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1979, páginas 4807 a 4807 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5567

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 915/76, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Helene Curtis Industries, Inc», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 22 de julio de 1976, se ha dictado, con fecha 15 de abril de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo número novecientos quince/setenta y seis, promovido por el Letrado señor del Valle y Sánchez en nombre y representación de "Helene Curtis Industries, Inc.", Sociedad norteamericana, y declaramos nula la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de veintidós de julio de mil novecientos setenta y seis y la confirmación a la tácita, por vía de silencio administrativo, en el recurso de reposición formulado contra aquélla, por no estar ajustadas a derecho, por las que se concedió el modelo industrial número ochenta mil ciento cuarenta y uno, "Botella", a "Arbora Internacional, Sociedad Anónima", así como el expediente administrativo en que recayó tal acuerdo, que se repondrá al once de julio de mil novecientos setenta y cinco y momento y trámite procedimental señalado en el último considerando. Sin hacer expresa imposición de costas.

Así por está nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 30 de enero de 1979.‒El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.

Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.

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