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Documento BOE-A-1979-5547

Real Decreto 309/1979, de 19 de enero, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos al objeto de imponer la servidumbre de paso para construir una línea de transporte de energía eléctrica, a 25 KV. de tensión, entre las subestaciones de «Central Cordobilla» y «Nudo A», en Puente Genil (Córdoba), por la Empresa «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1979, páginas 4802 a 4802 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5547

TEXTO ORIGINAL

La Empresa «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.», ha solicitado del Ministerio de Industria y Energía la concesión de la declaración de urgente ocupación, en base a lo dispuesto en el artículo treinta y uno del Reglamento aprobado por Decreto dos mil seiscientos diecinueve/mil novecientos sesenta y seis, de veinte de octubre, que desarrolla la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, de Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, con la finalidad de construir una línea aérea de transporte de energía eléctrica a veinticinco KV. de tensión, simple circuito (con los apoyos números veintidós, veintitrés y veinticuatro para doble circuito), entre las subestaciones transformadoras de «Central Cordobilla» y «Nudo A», en Puente Genil (Córdoba).

Declarada la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación por Resolución de la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Córdoba de fecha diez de enero de mil novecientos setenta y ocho, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha treinta y uno de marzo de mil novecientos setenta y ocho, a los efectos de la imposición de servidumbre de paso, se estima justificada la urgente ocupación por ser la línea que normalizará el suministro de energía a la localidad de Puente Genil (Córdoba), en la que actualmente existen grandes interrupciones por falta de potencia, con perjuicio para los actuales usuarios de la zona y obstáculo a su desarrollo económico y social.

Tramitado el correspondiente expediente por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Córdoba, de acuerdo con la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, y con su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto dos mil seiscientos diecinueve/mil novecientos sesenta y seis, de veinte de octubre, no se presentó, dentro del periodo hábil reglamentario en que fue sometido al trámite de información publica, ningún escrito de alegaciones. La línea en la forma proyectada no infringe los contenidos de los artículos veinticinco y veintiséis del citado Reglamento, según informa la mencionada Delegación Provincial, previa comprobación sobre el terreno.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diecinueve de enero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

A los efectos previstos en la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, de Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto dos mil seiscientos diecinueve/mil novecientos sesenta y seis, de veinte de octubre, se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos gravados con la servidumbre de paso impuesta, con el alcance previsto en el artículo cuarto de la Ley citada, para el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica, a veinticinco KV. de tensión, simple circuito (con los apoyos números veintidós, veintitrés y veinticuatro para doble circuito), que enlazará las subestaciones transformadoras de «Central Cordobilla» y «Nudo A», en Puente Genil (Córdoba), instalación que ha sido proyectada por la Empresa «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».

Los aludidos bienes y derechos a los que afecta esta disposición están situados en el término municipal de Puente Genil (Córdoba), y son los que figuran en la relación presentada por la Empresa, que consta en el expediente y que apareció publicada para información pública en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba» (número ochenta y seis, página seiscientas sesenta y siete) el día veinte de abril de mil novecientos setenta y ocho.

Dado en Madrid a diecinueve de enero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Industria y Energía,

AGUSTIN RODRIGUEZ SAHAGUN

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