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Documento BOE-A-1979-5290

Resolución de la Delegación Provincial de Sevilla por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1979, páginas 4561 a 4562 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5290

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capitulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización da instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamente aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, S. A.».

Domicilio: Avenida de la Borbolla, 5.

Línea eléctrica

Origen: Caseta intemperie existente.

Final: En la estación transformadora abajo reseñada.

Término municipal afectado: Dos Hermanas.

Tipo: Subterránea.

Longitud en kilómetros: 0,365.

Tensión de servicio 20 KV. (provisionalmente a 15 KV.).

Conductores: Cable de 3 por 95 milímetros cuadrados, aluminio.

Estación transformadora

Emplazamiento: Calle Toneleros, de Dos Hermanas.

Finalidad de la instalación: Alimentar una industria de tonelería y mejorar la calidad de servicio en aquel sector.

Características principales: Tipo interior, potencia de 400 KVA. y relación de transformación de 15.000/220-127 V.

Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto: 389.279 pesetas.

Referencia: R. A. T. 11.715, expediente 108.442.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar, en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Sevilla, 14 de noviembre de 1978.–El Delegado provincial, Juan Grau Carril.–756-14.

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