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Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre la petición formulada por don Dionisio Martin Sanz para ampliar una almazara en Linares (Jaén), acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2302/1972, de 18 de agosto, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Declarar incluida en zona de preferente localización industrial agraria, según el apartado A) del artículo 6.º del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, la ampliación de la almazara de don Dionisio Martín Sanz, sita en Linares (Jaén).
Proponer la concesión, en su cuantía máxima, de los beneficios relacionados en el artículo 3.º y en el apartado 1 del artículo 8.º del citado Decreto; excepto los relativos a reducción de derechos arancelarios y a expropiación forzosa que no han sido solicitados.
Conceder un plazo de seis meses para que el peticionario presente el proyecto técnico correspondiente a las obras e instalaciones de la ampliación industrial propuesta y un estudio económico adaptado a las inversiones y costos actualizados. Este plazo contará a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I.
Madrid, 16 de enero de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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