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Documento BOE-A-1979-4818

Orden de 12 de septiembre de 1978 por la que se autoriza la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria en varios Centros no estatales de B. U. P. de la provincia de La Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 1979, páginas 4239 a 4240 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-4818

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Examinados los expedientes tramitados a través de la Delegación Provincial a instancia de los Directores de los Centros que se indican, en los que solicitan autorización para impartir las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria;

Teniendo en cuenta que los citados Centros han sido clasificados, con carácter provisional, en la categoría académica de homologados para las enseñanzas del Bachillerato Unificado y Polivalente,

Este Ministerio, vistos los informes favorables de la Inspección, de Enseñanza Media del Distrito Universitario correspondiente y del Rectorado de la Universidad respectiva, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 y las Ordenes ministeriales de 13 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» del 20), de 22 de marzo, de 1975) («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril) y de 24 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 31), ha resuelto autorizar la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria a los Centros que se indican a continuación:

Provincia de La Coruña

Municipio: La Coruña.

Localidad: La Coruña.

Denominación: «La Paz».

Domicilio: Polígono de «Elviña», finca «Los Lagos-Las Cernadas».

Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 3 de julio de 1975 en régimen mixto.

Municipio: Ames.

Localidad: Viduido.

Denominación «Alca».

Domicilio: Viduido de Arriba.

Clasificación provisional actual: Homologado por Orden ministerial de 7 de junio de 1977.

Número de puestos escolares para C. O. U.: 80, en régimen de coeducación.

Esta autorización está condicionada a que los Centros indicados obtengan la clasificación definitiva de homologados, según lo dispuesto en la Orden de B de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 15).

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 12 de septiembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario, Antonio Femández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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