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Documento BOE-A-1979-4619

Orden de 11 de diciembre de 1978 por la que se autoriza a la Entidad «Centro Europeo de Seguros, S. A.» CESEGURO (C-550), para operar en el Seguro de Responsabilidad Civil General y especialidades que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 1979, páginas 3963 a 3964 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-4619

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el escrito de «Centro Europeo de Seguros, Sociedad Anónima». CESEGURO (C-550), en solicitud de autorización para operar en el Seguro de Responsabilidad Civil General y especialidades de; 1.º, cobertura individual; 2.º, cabeza de familia; 3.º, voluntario de cazadores; 4.º, propietarios de inmuebles; 5.º, de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas; 6.º, de antenas de televisión, carteles y rótulos luminosos; 7.º, de perros, caballos de silla y colmenas; 8.º, de embarcaciones de recreo, de alquiler y transporte público; 9.º, de vehículos sin motor; 10, de cisternas, depósitos y tanques; 11, de médicos, cirujanos, dentistas y personal sanitario; 12, de farmacias; 13, de veterinarios; 14, de Empresas de suministro de agua, gas y energía eléctrica; 15, de Empresas de transporte; 16, de maquinaria de construcción; 17, de Empresas de construcción; 18, de hoteles, pensiones, restaurantes y bares; 19, de explotaciones agrícolas y ganaderas; 20, hospitales, clínicas y sanatorios; 21, peluquerías y salones de bellezas; 22, de piscinas públicas y privadas, establecimientos de baños públicos, playas, saunas, baños turcos, gimnasios y masajistas; 23, de centros de enseñanzas; 24, de Municipios; 25, de manifestaciones, exposiciones y ferias; 26, de cinemas, teatros y salas de conciertos, 27, de verbenas y atracciones de feria; 28, Sociedades deportivas; 29, de depósitos de mercancías; 30, de garajes; 31, de explotación de industrias, de talleres y comercios; 32, de responsabilidad civil de productos; 33, de responsabilidad civil patronal, y aprobación de proposición, condiciones generales, particulares, condiciones especiales, anexo de inclusión de la fianza y defensa criminal a la póliza, bases técnicas y tarifas, para lo que ha presentado la preceptiva documentación, y

Vistos, asimismo, los favorables informes de las Secciones correspondientes de ese Centro directivo, y a propuesta de V. I.,

Este Ministerio ha tenido a bien acceder a lo solicitado por la indicada Entidad.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 11 de diciembre de 1978.–P. D., el Director general de Seguros, Fernando del Caño Escudero.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros.

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