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Documento BOE-A-1979-4097

Orden de 30 de diciembre de 1978 por la que se declara incluida en zona de preferente localización industrial agraria el traslado, ampliación e instalación de nueva planta de la fábrica de elaboración de quesos «Viuda de Demetrio Canal e Hijos», en el polígono industrial «Cerro de San Cristóbal», en Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1979, páginas 3537 a 3538 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-4097

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por la Entidad «Viuda de Demetrio Canal e Hijos», para acoger la nueva instalación de una fábrica de quesos situada en Valladolid, en el polígono industrial «Cerro de San Cristóbal», a los beneficios señalados en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre,

Este Ministerio ha resuelto:

Uno.

Declarar la instalación de la industria «Viuda de Demetrio Canal e Hijos comprendida en zona de preferente localización industrial agraria, a los efectos de lo que dispone la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, y según la normativa del Decreto 2853/1964, de 8 de septiembre, y con los criterios establecidos por el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero.

Dos.

Incluir dentro de zona de preferente localización industrial agraria la actividad propuesta.

Tres.

Otorgar los beneficios señalados en los artículos 3 y 8 del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto el derecho a la expropiación forzosa do los terrenos, en la cuantía señalada en el grupo A, según Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo de 1965.

Cuatro.

Aprobar los proyectos presentados cuyos presupuestos ascienden a la cantidad de 24.731.944,50 pesetas, y conceder una subvención que ascenderá, como máximo, a 2.473.194 pesetas.

Cinco.

Conceder un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de aceptación de la presente resolución para la iniciación de las obras y otro hasta el 30 de noviembre de 1979 para la terminación de las mismas y que éstas se ajusten a los proyectos que han servido de base a la presente Orden.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de diciembre de 1978.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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