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Documento BOE-A-1979-371

Orden de 4 de enero de 1979 por la que se convocan exámenes de Bachillerato y se establece matrícula del Curso de Orientación Universitaria, con carácter excepcional.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1979, páginas 369 a 369 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-371
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/01/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La valoración del aprovechamiento académico de los alumnos en cada curso de Bachillerato se efectúa en las convocatorias de junio y septiembre, de acuerdo con lo que establece la Ley 30/1976, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), para los alumnos de los Centros estatales y no estatales homologados, y la Orden ministerial de 22 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado de 18 de abril) para los alumnos de Centros no estatales habilitados y de enseñanza libre.

No obstante, el Congreso de los Diputados, en reunión del día 21 de diciembre de 1978, adoptó el acuerdo de que los alumnos de tercer curso de Bachillerato, con una o dos asignaturas pendientes, gocen, con carácter excepcional, de una convocatoria extraordinaria en el próximo mes de febrero. Además de lo anterior, en el mismo acuerdo se incluye la necesidad de ofrecer a los alumnos que aprueben las materias pendientes, matrícula en el Curso de Orientación Universitaria para que puedan examinarse del mismo en el presente curso escolar.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

1.° Se establece con carácter, excepcional, en ejecución del acuerdo del Congreso de Diputados de 21 de diciembre de 1978, una convocatoria extraordinaria de exámenes para los alumnos inscritos en Centros estatales y no estatales, y los de enseñanza libre, que tengan un máximo de dos materias pendientes para terminar sus estudios de Bachillerato por el plan de 1975.

2.° Dichos alumnos realizarán sus exámenes de acuerdo con lo establecido para el régimen de enseñanza en que estén matriculados.

3.° Los alumnos que reúnan las condiciones señaladas en el apartado 1.° y no estén actualmente matriculados podrán efectuar su inscripción por enseñanza libre para la realización de exámenes, en el plazo comprendido entre los días 15 y 20 de enero próximos.

4.° Los alumnos que no aprueben la totalidad de las asignaturas pendientes en esta convocatoria tendrán derecho a continuar sus estudios por el régimen de enseñanza en que estén matriculados y a ser calificados en las convocatorias de junio y septiembre sin efectuar nueva matriculación.

5.° Los exámenes establecidos en la presente convocatoria se realizarán en los días comprendidos entre el 1 y el 3 de febrero próximo. Los Centros los organizarán de manera que no se interrumpan las actividades docentes ordinarias.

6.° Los alumnos del plan de 1957 que tengan aprobadas la totalidad de las materias de Bachillerato, según lo dispuesto en la Orden de 13 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» del 29), y los del plan de 1075 que estén en posesión del título de Bachiller podrán efectuar matricula del Curso de Orientación Universitaria en el plazo comprendido entre los días 5 y 10 de febrero próximos.

7.° Esta matrícula tendrá idéntica consideración que la matrícula ordinaria, a todos los efectos.

8.° La matrícula de los alumnos en los Centros estatales estará supeditada a las disponibilidades de plazas en los mismos. En ningún caso se podrán crear grupos de alumnos que requieran nuevas asignaciones de profesorado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 4 de enero de 1979.

CAVERO LATAILLADE

llmos. Sres. Directores generales de Universidades y de Enseñanzas Medias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/01/1979
  • Fecha de publicación: 09/01/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Bachillerato
  • Curso de Orientación Universitaria

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