Visto el expediente incoado en esta Delegación a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», solicitando autorización para montar la instalación eléctrica que más adelante se reseña y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; en el capítulo III del Decreto 2019/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia eléctrica, y en el Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión de 28 de noviembre de 1968,
Esta Delegación, vistos los informes de los Organismos que han intervenido en la tramitación del expediente, ha resuelto:
Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», la instalación de una línea eléctrica aérea, doble circuito a 30 KV., que tiene su origen en el apoyo número 43 de la línea Larrasquitu-Asúa I y II, finalizando en el centro de transformación «Nogaro, S. A.», término municipal de Bilbao. Longitud de 173 metros. Conductores: cable de aluminio-acero de 95,06 milímetros cuadrados de sección. Apoyos: metálicos. Finalidad: atender las necesidades de «Nogaro, S. A.», y futuras demandas de consumo en la zona.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiaciones forzosas y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de, 1966.
Del condicionado indicado en el artículo 13 del Decreto 2017/1966, para el desarrollo y ejecución de la instalación, se dará traslado al titular de la misma y a los Organismos informantes.
Bilbao, 8 de noviembre de 1979.–El Delegado provincial, Alfredo García Lorenzana.–7 258-15.
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