Excmos. Sres.: De orden del excelentísimo señor Ministro, se publica pera general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 16 de mayo de 1079, por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 508.251, promovido por «Asociación Española de Mujeres Juristas» sobre la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debamos declarar y declaramos la inadmisibilidad, propuesta por el Abogado del Estado, en la representación que ostenta de la Administración, de este recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Elena Palombi Alvarez, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de la Asociación Española de Mujeres Juristas contra el Decreto ochocientos cuarenta y tres de mil novecientos setenta y seis, de dieciocho de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo; sin entrar, en consecuencia, en el examen del fondo del proceso, ni hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.»
Lo que comunico a VV. EE.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 15 de octubre de 1979.–El Secretario de Estado, Sebastián Martln-Retortillo y Baquer.
Excmos. Sres....
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