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Documento BOE-A-1979-3046

Orden de 19 de diciembre de 1978 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por «Huarte y Compañía, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2563 a 2564 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-3046

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 3 de marzo de 1978, en el recurso contencioso-administrativo número 400.765 interpuesto por «Huarte y Compañía, S. A.», contra este Departamento, sobre liquidación de primas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Este Ministerio, en virtud de las facultades concedidas a esta Subsecretaría por Orden de 25 de agosto de 1977, ha tenido a bien disponer se cumpla la citada sentencia, en sus propios términos, cuya parte dispositiva, literalmente dice:

«Fallamos: Que desestimando, como desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad “Huarte y Compañía, S. A.’’, contra la desestimación por silencio de la alzada a su vez interpuesta contra la resolución de la Delegación de Trabajo de Navarra de doce de mayo de mil novecientos setenta que había confirmado liquidación de cuotas por accidentes de trabajo de treinta y uno de julio de mil novecientos sesenta y nueve, debemos declarar y declaramos ser dichos actos ajustados a derecho en cuanto a los motivos de la impugnación, absolviendo en consecuencia a la Administración demandada sin expresa mención de las costas procesales.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” e insertará en la “Colección Legislativa” lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Adolfo Suárez, Femando Vidal, Manuel Gordillo, Paulino Martín, José Gabaldón (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 19 de diciembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario de la Salud, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Prestaciones.

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