Edukia ez dago euskaraz
En el recurso contencioso-administrativo número 738/75, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Polycell Products Limited», contra resolución de este Registro de 6 de mayo de 1974, se ha dictado con fecha 4 de julio de 1978, por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue.
«Fallamos: Que desestimamos íntegramente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Femando Pombo García, en nombre y representación de la Entidad «Polycell Products Limited», contra acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de fecha seis de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, que denegó la marca española número quinientos setenta y cuatro mil seiscientos ochenta y cinco, como también contra la desestimación tácita del recurso de reposición contra el mismo entablado, por estar ajustado a derecho, y sin hacer expresa condena en costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de noviembre de 1979.‒El Director general, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril