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Documento BOE-A-1979-30172

Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación por la que se modifica la autorización particular otorgada a la Empresa «Talleres Ereño, S. A.», para la fabricación mixta de dos ventiladores de tiro inducido con destino a la caldera del grupo IV de la central térmica de Compostilla II, de 350 MW. de potencia (P. A. 84.11-E).

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 1979, páginas 29315 a 29315 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-30172

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación de 26 de abril de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de julio) se otorgaron a la Empresa «Talleres Ereño, S. A.», los beneficios del régimen de fabricación mixta para la construcción de dos ventiladores de tiro inducido con destino a la caldera del grupo IV de la central térmica de Compostilla II, de 350 MW. de potencia.

Habiéndose variado el destino y la potencia de dichos ventiladores procede modificar la citada autorización-particular en el sentido de rectificar dichos extremos.

En su virtud, y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales de 24 de septiembre de 1979, esta Dirección General de Política Arancelaria e Importación ha dispuesto:

Primero.

La cláusula primera de la autorización-particular, de 26 de abril de 1979, queda sin efecto y sustituida por la que se transcribe a continuación:

«1.ª Se conceden los beneficios de fabricación mixta previstos en el Decreto-ley número 7, de 30 de junio de 1967, y Decreto 464/1972, de 17 de febrero, a la Empresa «Talleres Ereño, S. A.», con domicilio en Burceña-Baracaldo (Vizcaya), para la fabricación de dos ventiladores de tiro inducido con destino a la caldera del grupo III de la central térmica de Compostilla II, de 330 MW. de potencia.»

Segundo.

A los efectos establecidos en la cláusula novena se entenderá que al proyecto inicial, al que se hace referencia en dicha cláusula, deberán incorporarse las modificaciones recogidas en el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgica y Navales.

Tercero.

El anexo de la autorización-particular de 26 de abril de 1979 queda sin efecto, siendo sustituido por el que aparece unido a esta Resolución.

Cuarto.

La presente Resolución tendrá efectos a partir del día de su fecha.

Madrid, 20 de noviembre de 1979.–El Director general, José Ramón Bustelo y García del Real.

ANEXO
Relación de elementos a importar para la fabricación mixta de dos ventiladores de tiro inducido con destino a la caldera del grupo III de la central térmica de Compostilla II, de 330 MW. de potencia
Descripción Importador

Dos ejes ventilador.

Dos rodetes completos con alabes soldados.

Dos sistemas de apoyo del eje y rodete, compuesto por cojinete libre y cojinete fijo.

Dos acoplamientos de manguitos con limitación de juego axial.

Dos vibrómetros detector vibraciones compuestos por sonda, 150 mm, cable indicador.

Dos termómetros.

«Talleres Ereño, Sociedad Anónima»

y

«Empresa Nacional de Electricidad, Sociedad Anónima» (ENDESA).

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