Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-30140

Orden de 28 de noviembre de 1979 por la que se conceden a las Empresas que se citan los beneficios fiscales que establece la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de «interés preferente».

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 1979, páginas 29299 a 29300 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-30140

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistas las Ordenes del Ministerio de Industria y Energía por las que se declaran a las Empresas que se citan como industrias directamente relacionadas con la Defensa Nacional, al amparo del Real Decreto 2135/1976, de 16 de julio.

Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Tributos, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, y artículo 2.º del Real Decreto 2135/1976, de 16 de julio, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Uno. Con arreglo a las disposiciones reglamentarias de cada tributo, a las específicas del régimen que deriva de la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, y al procedimiento señalado por la Orden de este Ministerio de 27 de marzo de 1965, se otorgan a cada una de las Empresas que al final se relacionan los siguientes beneficios fiscales:

A) Reducción del 95 por 100 de la cuota de Licencia Fiscal del Impuesto Industrial durante el período de instalación.

B) Reducción del 95 por 100 del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en los términos establecidos en el número 3 del artículo 66 del texto refundido aprobado por Decreto 1018/1967, de 6 de abril.

C) Reducción del 95 por 100 de los Derechos Arancelarios, Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores e Impuesto General sobre Tráfico de las Empresas que graven la importación de bienes de equipo y utillaje de primera instalación, cuando no se fabriquen en España. Este beneficio se hace extensivo a los materiales y productos que, no produciéndose en España, se importen para su incorporación en primera instancia a bienes de equipo de producción nacional.

Dos. Los beneficios fiscales anteriormente reseñados que no tengan señalado plazo especial de duración, se entienden concedidos por el periodo de cinco años a partir de la fecha de publicación de la presente Orden. No obstante, para la reducción a que se refiere la letra C), el indicado plazo de disfrute se contará, en su caso, a partir del primer despacho provisional que conceda la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 4 de marzo de 1976.

Segundo.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asumen las Empresas beneficiarías dará lugar a la privación de los beneficios concedidos y, por consiguiente, al abono o reintegro, en su caso, de los impuestos bonificados.

Relación que se cita

Empresa «Equipos Electrónicos, S. A.», para llevar a cabo la ampliación de sus instalaciones sitas en San Femando de Henares (Madrid), polígono industrial número 1, y dedicadas a la fabricación de equipos de electrónica profesional, según los planes de inversión aprobados por la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales con fecha 13 de junio de 1979, que deberán estar finalizados antes del 31 de diciembre de 1982. Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de julio de 1979.

Empresa «Experiencias Industriales, Sociedad Anónima», para llevar a cabo la ampliación de sus instalaciones sitas en Aranjuez (Madrid), Joaquín Rodríguez, número 11, y dedicadas a la fabricación de bienes de equipo, según los planes de expansión aprobados por la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales con fecha 24 de mayo de 1979, que deberán estar finalizados antes del 31 de diciembre de 1982. Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de julio de 1979.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 28 de noviembre de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Hacienda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid