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Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 20.297 ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo entre «Varta Baterías, S. A.»., como demandante, y la Administració General del Estado, como demandada, contra sentencia dictada con fecha 27 de mayo de 1978 por la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se ha dictado con fecha 25 de mayo de 1979 sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Administración General del Estado, contra la sentencia dictada por la Sección Segunda, de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 27 de mayo de 1978, a que estos autos se contraen, debemos confirmar la misma en todos sus extremos, sin hacer expresa condena en cuanto a las costas de esta apelación.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de diciembre de 1979.‒El Secretario de Estado, Josep Meliá Pericás.
Ilmo. Sr. Secretario general de la Secretaría de Estado para la Información.
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