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Documento BOE-A-1979-2971

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2539 a 2539 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-2971

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Salamanca a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», con domicilio en Bilbao, calle Gardoqui número 8 solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía a propuesta de la Sección correspondiente de la misma ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica a 132 KV. de tensión doble circuito, que se construirá con conductores de aluminio-acero de 181,7 milímetros cuadrados de sección cada uno, sobre torres metálicas, mediante cadenas de aisladores. Su longitud total será de 8,525 kilómetros, con origen en la actual subestación de «Villamayor» y final en la de «Garrido» ambas en la provincia de Salamanca. Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se instalará un cable de acero de 53 milímetros cuadrados de sección.

Su finalidad será la de atender la gran demanda de energía eléctrica existente en el núcleo urbano de Salamanca (capital) y las necesidades de los industriales de los Polígonos Industriales de Alfoz.

Declarar en concreto La utilidad pública de, la Instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con La aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de ocho meses. Caso de no se factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que digo a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 5 de diciembre de 1978.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Salamanca.

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