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En el recurso contencioso-administrativo número 188/76, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Embalajes Plásticos, S. A.», frente a la resolución de este Registro de 29 de noviembre de 1974, se ha dictado, con fecha 9 de febrero de 1978, por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Puche Brun, en nombre y representación de la. Entidad mercantil “Embalajes Plásticos, Sociedad Anónima”, debemos mantener y mantenemos, por ser conforme a derecho, la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de veintinueve de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, tácitamente confirmada en reposición, por la que se concedía la inscripción del modelo de utilidad número ciento sesenta y nueve mil seiscientos setenta y seis, consistente en “Soporte para inyectables con fondo planificado”; sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en aquél.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de noviembre de 1979.‒El Director general, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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