De acuerdo con lo dispuesto en el, artículo 13 del Reglamento de 22 de julio de 1967, y en cumplimiento, del Plan de Actividades para 1980 de la Escuela Nacional de Administración Local, este Instittuo ha resuelto convocar el IV «Curso de especialización sobre régimen jurídico del urbanismo», con sujeción a las siguientes normas:
Las materias que comprende el curso son las siguientes: Principios generales del ordenamiento urbanístico español. Planeamiento. Régimen urbanístico del suelo. Distribución del beneficio y cargas. Patrimonios públicos del suelo. Gestión del urbanismo. Ejercicio de las facultades relativas al uso y edificación del suelo. Régimen fiscal de la actividad urbanística. Régimen jurídico. Infracciones urbanísticas. Derecho comparado. Técnicas urbanísticas. El curso se completa con seminarios para estudio de casos prácticos.
I. Fase: Planeamiento. Del 28 de enero al 15 de febrero de 1880.
II. Fase: Régimen Urbanístico del Suelo. Del 14 al 25 de abril de 1980.
III. Fase: Gestión del Urbanismo. Del 12 al 23 de mayo de 1980.
IV. Fase: Intervención en las facultades dominicales. Régimen jurídico y fiscal del urbanismo. Del 9 al 27 de junio de 1980.
El curso se desarrollará en las fechas indicadas, en la Escuela Nacional de Administración Local de este Instituto, en régimen de trabajo de cinco días semanales, en jornadas de mañana y tarde.
Podrán participar en el curso quienes reúnan la condición de ser:
Funcionarios de Administración Local con título superior.
Funcionarios de la Administración Civil del Estado o de la Administración Institucional con título superior.
Licenciado en Derecho.
El número de participantes en el curso que se convoca es limitado, por lo que, si es necesario, la selección de solicitudes se atendrá a los siguientes criterios de preferencia.
1.º Estar prestando servicio en la Administración Local.
2.º Puesto de trabajo desempeñado.
3.º El mayor tiempo de servicios prestados a la Administración Pública.
El plazo de presentación de instancias para participar en el curso que se convoca finalizará el día 6 de enero de 1980.
Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al Director del Instituto de Estudios de Administración Local (Joaquín García Morato, 7. Madrid-10), pudiendo presentarse en la Secretaría General del Instituto o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Los solicitantes que ostenten la cualidad de funcionarios en activo habrán de acreditar, al iniciarse el curso, estar en posesión de la reglamentaria licencia.
Los admitidos al curso deberán abonar, antes de iniciarse éste, en la Tesorería-Contaduría del Instituto de Estudios de Administración Local, la cantidad de 6.300 pesetas en concepto de derechos de matricula y de expedición de certificado. Los solicitantes que acreditaren su condición de funcionarios de Administración Local obtendrán una reducción del 50 por 100 sobre la cantidad anteriormente expresada.
Al término del curso será expedido certificado de asistencia a los participantes que superen las pruebas que, en su caso, se establezcan.
Madrid, 26 de noviembre de 1979.–El Director en funciones del Instituto, Ramón Fontcuberta Bayod.
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