De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de 22 de julio de 1967 y en cumplimiento del Plan de Actividades para 1980 de la Escuela Nacional de Administración Local, este Instituto ha resuelto convocar un curso monográfico sobre «Reglamentos de desarrollo de la Ley del Suelo», con sujeción a las siguientes normas:
Las materias que comprende el curso son las siguientes: Principios del vigente ordenamiento urbanístico. Planes generales y clasificación del suelo. Planes parciales. Los estudios de detalle. Normas complementarias y subsidiarías del planeamiento. Actos sujetos a licencias, régimen legal. Control de la legalidad urbanística. Infracciones urbanísticas. Procedimiento sancionador. Entes instrumentales para la gestión urbanística. Cesiones obligatorias. El aprovechamiento medio y el costeamiento de las obras de urbanización. Ejecución del planeamiento: Sistemas. La reparcelación.
Del 14 al 25 de enero de 1980.
El curso se desarrollará en la Escuela Nacional de Administración Local, en régimen de trabajo de mañana y tarde.
Para participar en el curso que se convoca será necesario reunir la condición de funcionario de la Administración Local, Central o Institucional, con titulación superior, o quienes sin tener esa titulación sean Secretarios de Administración Local o Técnicos de grado medio de Administración Especial.
Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos al curso quienes, sin ser funcionarios, sean titulados universitarios o de Escuela Técnica Superior.
El número de participantes en el curso que se convoca es limitado, por lo que, si es necesario, la selección de solicitantes se atendrá a los siguientes criterios de preferencia.
1.º Estar prestando servicio en la Administración Local.
2.º Puesto de trabajo desempeñado.
3.º El mayor tiempo de servicios prestados a la Administración Pública.
El plazo de presentación de instancias para participar en el curso que se convoca finalizará el día 24 de diciembre de 1979.
Las solicitudes deberán dirigirse, según modelo adjunto, al Director del Instituto de Estudios de Administración Local (Joaquín García Morato, 7, Madrid-10), pudiendo presentarse en la Secretaría General del Instituto o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Los solicitantes que ostenten la cualidad de funcionarios en activo habrán de acreditar al iniciarse el curso estar en posesión de la reglamentaria licencia.
Los admitidos al curso deberán abonar, antes de iniciarse éste, en, la Tesorería-Contaduría del Instituto de Estudios de Administración Local, la cantidad de 8.000 pesetas en concepto de derechos de matrícula y de expedición del certificado. Los solicitantes que acrediten su condición de funcionarios de Administración Local obtendrán una reducción del 50 por 100 sobre la cantidad anteriormente mencionada.
Al término del curso será expedido certificado de asistencia a los participantes que superen las pruebas que, en su caso, se establezcan.
Madrid, 24 de noviembre de 1979.‒El Director en funciones del Instituto, Ramón Fontcuberta Bayod.
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