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Documento BOE-A-1979-2849

Resolución de la Delegación Provincial de Vizcaya por la que se declara de utilidad pública la instalación eléctrica que se cita (L. 2963).

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1979, páginas 2359 a 2360 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-2849

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S.A.», solicitando autorización para montar la instalación eléctrica que más adelanto se reseña y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia eléctrica, y en el Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión de 28 de noviembre de 1968,

Esta Delegación, vistos los informes de los Organismos que han intervenido en la tramitación del expediente, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero» la instalación de una línea eléctrica aérea de 30 y 13,2 KV., doble y simple circuito.

Acometida de alimentación a 30 KV., doble circuito.

Origen: Torre número 3 de la acometida a «Sociedad Española de Minas de Somorrostro».

Final: E. T. D. (provisional) de Rontegui.

Longitud: 33,5 metros.

Conductor: Cable LA-110 milímeros cuadrados de sección.

Apoyos: Metálicos.

Circuito: 6 Remar, a 13,2 KV. simple circuito.

Origen: E. T. D. (provisional) de Rontegui.

Final: Apoyo número, 1.

Longitud: 62 metros

Conductor: Cable D-50 milímetros cuadrados de sección.

Apoyos: Hormigón

Circuito i Larrea y 2 Ibarra, a 13,2 KV., doble circuito:

Origen: E. T. D (provisional) de Rontegui.

Final: Apoyo número 3.

Longitud: 186 metros.

Conductor: Cable LA-110 milímetros cuadrado de sección.

Apoyos: Metálicos.

La finalidad de la línea es atender las necesidades de energía eléctrica en la zona.

Segundo.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiaciones forzosas y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1960.

Del condicionado indicado en el artículo 13 del Decreto 2617/ 1966, para el desarrollo y ejecución de la instalación se dará traslado al titular de la misma y a los Organismos informantes.

Bilbao, 9 de enero de 1979.–El Delegado provincial, Pablo Díez Mota.—461-15.

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