Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo que, en grado de apelación, pendía ante la Sala, interpuesto por la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra la sentencia dictada con fecha 2 de diciembre de 1977 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla en el recurso número 761/76, referente a multa de 10.000 pesetas impuesta a «Jiménez Alvarez, S.L.», por infracción del Reglamento de Ordenación de Transportes, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con fecha 22 de mayo de 1979, ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Que se desestima el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de fecha dos de diciembre de mil novecientos setenta y siete, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, dictada en el recurso número 761/76 de su Registro, cuya sentencia confirmamos íntegramente; sin hacer especial condena de las costas de esta apelación.»
El excelentísimo señor Ministro, aceptando en su integridad el preinserto fallo, ha dispuesto por Orden de esta misma fecha que sea cumplido en sus propios términos.
Lo que participo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 10 de noviembre de 1979.–El Subsecretario, Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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