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Documento BOE-A-1979-28337

Orden de 5 de noviembre de 1979 por la que se dispone que sean de aplicación en el Coto Nacional de Reres o Brañagallones las normas establecidas para el funcionamiento de las Reservas Nacionales de Caza.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 1979, páginas 27392 a 27392 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-28337

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: El Coto Nacional de Reres o Brañagallones, creado por Ley de 4 de septiembre de 1943, constituyó en su día un antecedente de las actuales Reservas Nacionales de Caza. Aunque reglamentado por Orden ministerial de 7 de diciembre de 1945, su funcionamiento ha venido desarrollándose en forma paralela al de las mencionadas Reservas Nacionales, ya que su concepción es esencialmente la misma.

El Real Decreto 891/1979, de 26 de enero, ha supuesto en las Reservas Nacionales de Caza un reparto más justo de las rentas cinegéticas para la propiedad de los terrenos, y notables simplificaciones administrativas, lo que ha motivado que los Ayuntamientos de Caso y Ponga, a quienes pertenecen los montes que componen el Coto Nacional, hayan solicitado la revisión de su Reglamento, de manera que sean de aplicación las normas establecidas para aquéllas.

En consecuencia, a propuesta del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza,

Este Ministerio ha dispuesto:

Artículo único.

El Reglamento para el funcionamiento del Coto Nacional de Reres o Brañagallones se ajustará, en lo sucesivo, a la misma normativa existente para las Reservas Nacionales de Caza.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 5 de noviembre de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmo. Sr. Director del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza.

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