Por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario ha sido solicitada en esta Delegación Provincial la urgente ocupación de bienes o derechos para el establecimiento de la línea eléctrica aérea, a 66 KV., del S. T. «Hellin» al S. T. «Tobarra», de acuerdo con lo establecido por la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y a los efectos previstos en el artículo 31 del Reglamento para su ejecución, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Lo que se hace público, a fin de que los afectados por la imposición de servidumbre, dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente anuncio, y hasta el momento del levantamiento del acta previa, puedan aportar por escrito los datos oportunos, a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación de afectados, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, así como, dentro del citado plazo de quince días, formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, en escrito triplicado, ante esta Delegación Provincial, Sección de Industria, sita en Albacete (avenida de Rodríguez Acosta, 25).
Albacete, 25 de septiembre de 1979.‒El Delegado provincial.‒3.489-D.
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