Se señala fecha para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de parcela afectada por la construcción de un Centro escolar en la ordenación parcial entre la carretera de Córdoba a Villaviciosa, Camping Municipal y ferrocarril de Córdoba a Almorchón, Plan aprobado por resoluciones de 24 de julio de 1972 y 14 de febrero de 1973, cuyas obras son de utilidad pública, habiendo sido declarada de urgencia, a los efectos que previene el artículo 52 de la Ley de Expropiación, la ocupación del terreno según Real Decreto número 2313/1979, de 14 de agosto («Boletín Oficial del Estado» 241, de 8 de octubre del actual).
En consecuencia, el excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba, al amparo de lo preceptuado por el artículo 52 de la Ley ya citada y 56 y siguientes de su Reglamento, ha incoado expediente de expropiación de la parcela afectada por la construcción de Centro escolar a que se ha hecho referencia, con superficie aproximada de 4.732,51 metros cuadrados.
Por tanto, se hace saber a don Carlos, don Rafael, doña María, doña María Luisa, doña Angeles y doña Soledad González Clementson, copropietarios de la finca, que el día 14 de diciembre del año en curso, y a las once horas, se procederá al levantamiento sobre el terreno por el representante de la administración de las actas previas. Los interesados, a los que se les notificará el acuerdo, deberán encontrarse en el día y hora señalados en las Casas Consistoriales del excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba, desde donde se partirá hacia la finca para levantar las actas previas a la ocupación; podrán hacerse acompañar, si lo desean y a su costa, de un Perito y Notario, debiendo comparecer con la documentación acreditativa de su titularidad dominical, así como del último recibo de contribución que satisfagan; si quisieran actuar por medio de representante, deberán atenerse a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Con el solo objeto de subsanar los posibles errores en que se haya podido incurrir al relacionar o relacionar los titulares, podrá cualquier persona formular alegaciones por escrito ante este Ayuntamiento, hasta ocho días antes del levantamiento de las actas que se convoca.
Córdoba, 19 de noviembre de 1979 –El Alcalde–5.966-A.
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