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Documento BOE-A-1979-26160

Resolución de la Delegación Provincial de Soria por la que se autoriza el establecimiento de la instalación que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 2 de noviembre de 1979, páginas 25496 a 25496 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-26160

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Soria, a petición de «Iberduero, S. A.», con domicilio en Soria, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública- para el establecimiento de línea a 13,2 KV. y centro de transformación en Soria, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2817/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Soria, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», la instalación citada, cuyas principales características son las siguientes:

Línea subterránea a 13,2 KV., de 36 metros de longitud, consistente en un conductor de entrada y salida al centro de transformación proyectado, a intercalar en la línea «Diagonal Norte», en el tramo subterráneo de acometida al centro de transformación «Fábrica de Galletas». El conductor será cable unipolar DHV de 12/20 KV., de 150 milímetros cuadrados de sección, de aluminio, alojado en el interior de tubos de PVC de 12,5 centímetros de diámetro, enterrado en una zanja de 0,80 metros de profundidad y 0,50 metros de anchura.

Centro de transformación tipo caseta prefabricada, construida en hormigón armado vibrado, con capacidad para dos bancos de transformación de 630 KVA. cada uno, montándose en principio sólo uno de 630 KVA., relación de transformación 13.200 ± 5 por 100/360-230-133 V.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capitulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Soria, 9 de octubre de 1979.–El Delegado provincial.–6.220-15.

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