Ilmo. Sr.: De conformidad con los términos del Convenio Cultural entre España e Italia de fecha 18 de enero de 1957, así como con los acuerdos adoptados por la Comisión Mixta Permanente para la aplicación del mismo, reunida en Madrid los días 12 a 14 de marzo de 1979, y visto el Decreto 1110/1978, de 12 de mayo, sobre régimen de Centros extranjeros en España, este Ministerio ha resuelto:
1.º Declarar Centros italianos de carácter estatal radicados en España los que a continuación se relacionan:
Provincia: Madrid
Municipio: Madrid.
Localidad: Madrid.
Denominación: Liceo Italiano de Madrid.
Domicilio: Calle de Cristóbal Bordíu, 54.
Clasificación: Centro extranjero autorizado para impartir enseñanza conforme al sistema educativo italiano a alumnos españoles y extranjeros.
Niveles educativos: Escuela Materna, Escuela Elemental, Escuela Media y Liceo Científico.
Número de puestos escolares: Ochocientos.
Provincia: Barcelona
Municipio: Barcelona.
Localidad: Barcelona.
Denominación: Liceo Italiano de Barcelona.
Domicilio: Pasaje Méndez Vigo, 5 y 8, y calle de Setantí, 12.
Clasificación: Centro extranjero autorizado para impartir enseñanza conforme al sistema educativo italiano a alumnos españoles y extranjeros.
Niveles educativos: Escuela Materna, Escuela Elemental, Escuela Media y Liceo Científico.
Número de puestos escolares: Seiscientos setenta.
2.º Declarar aplicable a los alumnos, españoles y extranjeros, que cursen estudios en los Centros relacionados, la siguiente tabla de equivalencias:
Sistema español | Sistema italiano | ||
---|---|---|---|
Educación Preescolar | Escuela Materna | ||
EGB | 1......... | ......... 1 | |
2......... | ......... 2 | ||
3......... | ......... 3 | Escuela Elemental | |
4......... | ......... 4 | ||
5......... | ......... 5 | ||
......... | |||
6......... | ......... 1 | ||
7......... | ......... 2 | Escuela Media | |
8......... | ......... 3 | ||
......... | ......... | ||
BUP | 1......... | ......... 1 | |
2......... | ......... 2 | ||
3......... | ......... 3 | Liceo Científico | |
......... | |||
COU | ......... 4 |
(Diploma de Madurez Científica) |
3.º Condicionar el disfrute de las equivalencias establecidas en el epígrafe anterior a la superación por los alumnos de las materias de Lengua y Civilización españolas fijadas de común acuerdo por ambos Gobiernos.
4.º Declarar aplicable, a los Centros italianos relacionados, el Decreto 1110/1978, de 12 de mayo, sobre régimen de Centros extranjeros en España, en lo no previsto por los Acuerdos suscritos entre ambos Gobiernos.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a. V. I.
Madrid, 4 de septiembre de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Secretario general Técnico del Departamento.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid