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Documento BOE-A-1979-2410

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo referente al expediente de expropiación forzosa con motivo de las obras del camino de enlace del embalse de Valdeobispo con el embalse de Gabriel y Galán, en término municipal de Aceituna (Cáceres).

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 1979, páginas 1956 a 1956 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-2410

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente tramitado por esta Confederación para declarar la necesidad, de ocupación de los terrenos necesarios para realizar las obras del camino de enlace del embalsa de Valdeobispo con el embalse de Gabriel y Galán en término municipal de Aceituna (Cáceres);

Resultando que, sometida a información pública la relación de propietarios y bienes afectados, se Inserta el edicto reglamentario en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto de 1978, «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» de 12 de julio de 1978 y en el diario «Extremadura» de 20, de junio del mismo año, exponiéndose en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Aceituna (Cáceres) durante el periodo preceptivo;

Resultando que, no habiendo existido ninguna reclamación durante el período de información pública, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley, declarar la necesidad de ocupación de los bienes incluidos en el expediente de referencia;

Considerando que esta Dirección es competente para conocer, tramitar y resolver expedientes de expropiación forzosa, de acuerdo con el artículo 98 de la vigente Ley de 16 de diciembre de 1954;

Considerando que los informes remitidos son favorables y proponen la aprobación de este expediente, así eximo la declaración de necesidad de ocupación de los bienes incluidos en el mismo y afectados por las obras del camino de enlace del embalse de Valdeobispo con el embalse de Gabriel y Galán, en término municipal de Aceituna (Cáceres);

Considerando que de los documentos incorporados al expediente no se deduce la existencia de perjuicios a terceros interesados, no habiéndose presentado reclamación durante el período de información pública,

Esta Dirección, de acuerdo con el artículo 98 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto elevar a definitiva la relación de bienes afectados publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto de 1978, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» de 12 de julio de 1978 y en el diario «Extremadura» de 30 de junio de 1978, declarando que es necesaria su ocupación a fin de ejecutar las obras del camino de enlace entre el embalse de Valdeobispo con el embalse de Gabriel y Galán, en término municipal de Aceituna (Cáceres), y ordenando se publique esta resolución en la forma reglamentaria.

Madrid, 16 de noviembre de 1978.–El Ingeniero Director.–14.691-E.

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