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Documento BOE-A-1979-23661

Orden de 14 de septiembre de 1979 por la que se ordena cumplir en sus propios términos la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de La Coruña en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Rosina Fuertes Peralba.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 1979, páginas 23062 a 23062 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades e Investigación
Referencia:
BOE-A-1979-23661

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Rosina Fuertes Peralba, Catedrática de «Música», de Escuelas Universitarias del Profesorado de EGB, contra Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia de 2 de octubre de 1975 y 14 de diciembre de 1976, denegatorias de su petición de reconocimiento de servicios a efectos de trienios, la Audiencia Territorial de La Coruña, con fecha 8 de mayo de 1979, ha dictado la siguiente sentencia.

«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso interpuesto por doña Rosina Fuertes Peralba, contra Resoluciones de la Dirección General de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia de dos de octubre de mil novecientos setenta y, cinco y catorce de diciembre de mil novecientos setenta y seis, denegatorias de su petición de que se le computen a efectos de trienios los servicios docentes prestados, de modo efectivo, como encargada interina de la cátedra de "Música” de la Escuela de Magisterio de Pontevedra, desde el veinticuatro de octubre de mil novecientos cuarenta y uno hasta el ocho de junio de mil novecientos cincuenta y siete, debemos declarar y declaramos los acuerdos recurridos contrarios a derecho, y nulos, en tanto y en cuanto no conceden a la recurrente derecho del cómputo del tiempo aludido de servicios interinos, catorce años siete meses y veintinueve días, a efectos de trienios, con efectos económicos a partir de uno de febrero de mil novecientos setenta y nueve, inclusive; todo ello sin costas.»

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la citada sentencia en sus propios términos.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 14 de septiembre de 1979.‒El Subsecretario, Manuel Cobo del Rosal.

Ilmo Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.

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