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Documento BOE-A-1979-23645

Resolución de la Delegación Provincial de Madrid por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica que se cita (50EL-1.415).

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 1979, páginas 23057 a 23057 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-23645

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de Madrid a petición de «Unión Eléctrica, S.A», con domicilio en Madrid, calle Capitán Haya, 53, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en el Decreto 1713/1972, de 30 de junio, y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria.

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria de Madrid, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», la instalación de la línea eléctrica cuyas principales características son las siguientes:

La instalación eléctrica se efectuará en Ciempozuelos (Madrid). La finalidad de dicha instalación es la de dotar de mejor servicio de energía eléctrica. Las características principales son: Cable LA-30, sección de 31,1 milímetros cuadrados; diámetro 7,14 milímetros. Formación 6/1 alambres de 2,38 milímetros de diámetro. Longitud de la línea, 483 metros.

Declarar en concreto la utilidad pública die la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se, señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Madrid, 7 de septiembre de 1979.—El Delegado provincial.‒Por delegación, el Subdelegado accidental.‒6.509-C.

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