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Documento BOE-A-1979-23124

Orden de 6 de septiembre de 1979 por la que se declara la instalación de la industria de salazones cárnicas de don Sebastián Mateo Izquierdo, en Guijuelo (Salamanca), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria y se aprueba el proyecto definitivo.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 25 de septiembre de 1979, páginas 22389 a 22390 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-23124

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta de esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición de don Sebastián Mateos Izquierdo para instalar una industria de salazones cárnicas en Guiiuelo (Salamanca), acogiéndose a los beneficios del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente, y d6más disposiciones complementarias,

Este Ministerio ha dispuesto:

Uno. Declarar la industria de salazones cárnicas de don Sebastián Mateos Izquierdo, en Guijuelo (Salamanca), comprendida en la zona de preferente localización industrial agraria de Salamanca del Real Decreto 634/1978, de 13 de enero por cumplir las condiciones y requisitos exigidos.

Dos. Otorgar para la instalación de esta industria los beneficios de los artículos 3.° y 8.° del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, en la cuantías que determina el grupo A de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo y 6 de abril de 1965, excepto les relativos a expropiación forzosa, libertad de amortización durante el primer quinquenio y redución del impuesto sobre las rentas del capital.

Tres. La totalidad de la instalación de referencia quedaré comprendida en zona de preferente localización industrial agraria.

Cuatro. Aprobar el proyecto definitivo con una inversión de siete millones quinientas cuarenta y siete mil (7.547.000) pesetas. La subvención será, como máximo, de setecientas cincuenta y cuatro mil setecientas (754.700) pesetas.

Cinco. Conceder un plazo de un mes para la iniciación de las obras y de doce meses para la terminación, contados ambos a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 6 de septiembre de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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