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Documento BOE-A-1979-22532

Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación por la que se prorroga y modifica la autorización-particular otorgada a la Empresa «Motor Ibérica, S. A.», para la fabricación mixta de palas cargadoras de 74 CV, de potencia útil (P. A. 84.23-A).

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 1979, páginas 21712 a 21712 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-22532

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación de 30 de mayo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de agosto), se otorgaron a la Empresa «Motor Ibérica, S. A.», los beneficios del régimen de fabricación mixta para la construcción de palas cargadoras, tipo EBRO 1022, de 74 CV. (55 Kw) de potencia útil.

Habiéndose nacionalizado una serie de elementos que anteriormente se importaban con bonificación arancelaria, se ha producido una variación en los grados de nacionalización e importación, por lo que se hace necesario modificar la citada Autorización-particular en el sentido de elevar el grado de nacionalización y de sustituir el anexo en el que figuran los elementos a importar.

De otra parte, subsistiendo las razones que motivaron la concesión de la citada Autorización-particular y no habiéndose concluido la fabricación mixta objeto de la misma, se estima necesario proceder a la prórroga de su plazo de vigencia.

En su virtud, y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales de 20 de julio de 1979, esta Dirección General de Política Arancelaria e Importación ha dispuesto:

Primero.

Se prorroga por dos años, con efectos a partir de la fecha de su caducidad, la Autorización-particular de 30 de mayo de 1977, otorgada a la Empresa «Motor Ibérica, S. A.», para la fabricación mixta de palas cargadoras, tipo EBRO 1022, de 74 CV. (55 Kw) de potencia útil.

Segundo.

La cláusula 3.ª de la referida Autorización-particular, de 30 de mayo de 1977, queda sin efecto y sustituida por la que se transcribe a continuación:

3.ª Se fija en el 94,74 por 100 el grado de nacionalización de estas palas cargadoras. Por consiguiente, las importaciones a que se refiere la cláusula anterior no podrán exceder globalmente del 5,26 por 100 del precio de venta de dichas palas cargadoras.

Tercero.

A los efectos establecidos en las cláusulas 5.ª y 7.ª se entenderá que al proyecto inicial, al que se hace referencia en tales cláusulas, deberán incorporarse las modificaciones recogidas en el informe de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales.

Cuarto.

El anexo de la Autorización-particular de 30 de mayo de 1977 queda sin efecto, siendo sustituido por el que aparece unido a esta Resolución.

Quinto.

La presente Resolución tendrá efectos a partir del día de la fecha.

Madrid, 3 de septiembre de 1979.‒El Director general, José Ramón Bustelo y García del Real:

Relación de elementos a importar por «Motor Ibérica, Sociedad Anónima», para la fabricación mixta de palas cargadoras, tipo EBRO 1022, de 74 CV. (55 Kw) de potencia útil

Denominación Número de piezas por pala cargadora
Caja velocidades. 1
C/ bomba doble. 1
Distribuidor. 1
Cilindro volteo. 2
Cilindro elevación. 2
Pista rodamiento. 10
Aguja rodamiento. 696
Cono rodamiento. 4
Asiento cojinete. 4
Cojinete. 2
Rodamiento. 4
Cono rodillos. 4

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