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Documento BOE-A-1979-22120

Orden de 30 de agosto de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada con fecha 23 de marzo de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 405 021, interpuesto contra resolución de este Departamento de 24 de mayo de 1973 por don Alberto Tillit Cuigert.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1979, páginas 21253 a 21253 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-22120

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 405.021, en única instancia, ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, entre don Alberto Tillit Cuigert como demandante, y la Administración General del Estado como demandada, contra resolución de este Ministerio de 24 de mayo de 1973 sobre sanción, se ha dictado con fecha 23 de marzo de 1979 sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de don Alberto Tillit Cuigert contra resolución del Ministerio de Comercio de fecha veinticuatro de mayo de mil novecientos setenta y tres, confirmatoria en alzada de otra de la Dirección General de Comercio Interior de trece de diciembre de mil novecientos setenta y dos, que impuso al mencionado recurrente multa de trescientas mil pesetas por infracción del régimen legal sobre disciplina del mercado, debemos declarar y declaramos disconformes con el ordenamiento jurídico los expresados actos administrativos en cuanto que la multa impuesta excede de sesenta mil pesetas, anulándolos y dejándolos sin efecto en dicho exceso con devolución al accionante de la diferencia hasta la total suma consignada para recurrir; y desestimamos en el resto el actual recurso contencioso, absolviendo a la Administración Pública en lo correspondiente a los indicados pronunciamientos; todo ello sin especial condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de agosto de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.

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