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Documento BOE-A-1979-21935

Real Decreto 2124/1979, de 13 de julio, por el que se declaran de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa, las obras y servicios necesarios para la revalorización del yacimiento arqueológico del Cerro del Bu, en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 1979, páginas 21062 a 21063 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-21935

TEXTO ORIGINAL

En la margen izquierda del Tajo, a su paso por Toledo y enfrente de la ciudad hay un cerro escarpado conocido como yacimiento arqueológico de la Edad del Bronce.

El citado cerro del Bu, próximo a la ermita de la Virgen del Valle y junto al arroyo de la Degollada, debió de ser una fortaleza o castro que todavía conserva parte de sus cercos. De los hallazgos aparecidos en exploraciones y excavaciones que se hicieron a principios de siglo, depositados en el Museo de Toledo, se deduce su antigüedad, que tal vez supera a la de la propia Toledo.

Este cerro, convertido desde hace años en atracción de los buscadores de tesoros escondidos, se ve amenazado de destrucción por falta de una excavación seria del mismo, por lo que sería conveniente preservar el yacimiento, de tanto interés por su proximidad a Toledo, ciudad turística de primer orden.

Es aconsejable por todo lo expuesto, pata la mejor conservación y excavación reglamentada del terreno donde se halla enclavado el yacimiento arqueológico del cerro del Bu (Toledo), la declaración de utilidad pública de las obras y servicios necesarios para su re valorización, a los efectos de expropiación forzosa de los terrenos sobre los que el mismo se halla enclavado y cuyos límites extremos, según los informes periciales obtenidos, son el río Tajo, el arroyo de la Degollada, la carretera de circunvalación, llamada del Valle, y finca de don Jerónimo Sierra, con el detalle que figura en el plano unido al expediente.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Para la mejor conservación y utilización del yacimiento arqueológico del cerro del Bu, en Toledo, se declaran de utilidad pública las obras y servicios • necesarios para llevar a cabo la revalorización del citado yacimiento y del entorno y ambiente propios del mismo, de conformidad con la Ley Reguladora de las Excavaciones Arqueológicas, de siete de julio de mil novecientos once, y el Reglamento para su aplicación de uno de marzo de mil novecientos doce, a tenor de lo dispuesto en el artículo diez de la Ley de Expropiación Forzosa, de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, y a los efectos previstos en esta última, de expropiación de los terrenos sobre los que dicho yacimiento se halla enclavado, cuyos límites extremos son el río Tajo, el arroyo de la Degollada, la carretera de circunvalación, llamada del Valle, y la finca de don Jerónimo Sierra, con el detalle que figura en el plano unido al expediente.

Dado en Madrid a trece de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Cultura,

MANUEL CLAVERO AREVALO

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