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Documento BOE-A-1979-2148

Orden de 3 de noviembre de 1978 por la que se autoriza a don Alberto Aizpurua Odirozola la ocupación de terrenos de dominio público de la zona marítimo-terrestre para la construcción de un muelle con destino a la descarga de arenas en la margen izquierda de la ría de Orio, término municipal de Aya, (Guipúzcoa).

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1979, páginas 1766 a 1766 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-2148

TEXTO ORIGINAL

El ilustrísimo señor Director general de Puertos y Costas, con esta fecha, y en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 19 de septiembre de 1955 («Boletín Oficial del Estado» del 26), ha otorgado a don Alberto Aizpurua Odriozola una autorización, cuyas características son las siguientes:

Provincia Guipúzcoa.

Término municipal: Aya.

Superficie aproximada 3.460 metros cuadrados.

Destino: Construcción de un muelle con destino a, la descarga de arenas en la margen izquierda de la ría de Orio.

Plazo concedido: Veinte años.

Canon unitario: Tres pesetas por metro cuadrado y año.

Prescripciones:

a) El muelle que se autoriza sólo podrá utilizarlo el concesionario para el atraque de sus embarcaciones y para la manipulación de los materiales y elementos del trabajo propio de su industria.

b) Si el concesionario pretendiera habilitar el muelle para carga, descarga y transbordo de mercancías ajenas a su industria, deberá solicitar de la superioridad la autorización preceptiva, persentando un estudio de la explotación para su aprobación y señalamiento de las tarifas correspondientes, conformé a la vigente Ley de Régimen Financiero de los Puertos Españoles.

c) En caso de necesidad justificada con la autorización de la Comandancia de Marina, del Ingeniero Director del Grupo de Puertos de Guipúzcoa y de la Aduana, el muelle podrá ser utilizado para atraqué de barcos u operaciones portuarias ajenas a la industria objeto de la concesión.

d) En todo caso, las mercancías cargadas o descargadas por el muelle deberán abonar la tarifa G-3 al Grupo de Puertos de Guipúzcoa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 3 de noviembre de 1978.–P. D., el Director general de Puertos y Costas, Carlos Martínez Cebolla.

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