En el recurso contencioso-administrativo número 579/77, interpuesto por «Industrial Quesera Menorquina, S. A.», contra resolución de este Registro de 23 de marzo de 1977, se ha dictado con fecha 25 de septiembre de 1978 por la citada Audiencia sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Monsalve Gurrea, en nombre y representación de la Entidad mercantil “Industrial Quesera Menorquina, S. A.”, debemos mantener y mantenemos, por ser conforme a derecho; la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de veintitrés de marzo de mil novecientos setenta y siete que, por vía de reposición confirmaba otra de quince de enero por la que se concedía la inscripción de la marca “La Casera”, número setecientos dos mil quinientos sesenta y seis, sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en aquél.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado.
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 26 de julio de 1979.–El Director, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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