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Documento BOE-A-1979-20711

Orden de 30 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo dictada con fecha 6 de abril de 1979 en el recurso contencioso-administrativo número 405.740, interpuesto contra resolución de este Departamento de fecha 30 de diciembre de 1973 por la Compañía «Jardi, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19818 a 19818 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-20711

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 405.740, en única instancia, ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, entre la Compañía «Jardi, S. A.», como demandante, y la Administración General del Estado, como demandada, contra resolución de este Ministerio de fecha 30 de diciembre de 1973, sobre medidas compensatorias, se ha dictado con fecha 6 de abril de 1979 sentencia, cuya parte dispositiva es como, sigue:

«Fallamos: Que estimando la pretensión en este proceso deducida por el Procurador don Juan Corujo y López-Villamil, en nombre y representación de la Entidad comercial “Jardi, S. A.”, frente a la resolución del Ministerio de Comercio, de treinta de diciembre de mil novecientos setenta y tres, debemos declarar y declaramos la nulidad de la misma, por no ser conforme a derecho y, en su virtud, que la instancia presentada el veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y tres por la accionante, en la Delegación. Regional de Comercio de Barcelona, lo fue en tiempo hábil; debiendo devolverse el expediente al Ministerio para que por órgano competente se resuelva sobre la petición formulada en la referida instancia, en relación con las operaciones de importación objeto de la documentación obrante en las actuaciones que nos ocupan; sin imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de julio de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.

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