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Documento BOE-A-1979-20689

Resolución de la Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción por la que se incluye en la lista oficial de explosivos industriales autorizados para usos civiles, del explosivo fabricado por «Unión Explosivos Río Tinto, S. A.», denominado comercialmente Riogel-1, y designado oficialmente nitramita 1D.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19812 a 19812 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-20689

TEXTO ORIGINAL

Vistas la solicitud y documentación presentadas por «Unión Explosivos Río Tinto, S. A.», a efectos de la tramitación del oportuno expediento para la autorización, incluyéndolo en la lista oficial de explosivos industriales autorizados para usos civiles, del nuevo explosivo convencional de alta potencia, de su fabricación, comercialmente denominado «Riogel-1», siendo su designación oficial propuesta Nitramita 1D;

Vistos al respecto los informes de la Sección de Minas de la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Vizcaya y la Comisión del Grisú y de Seguridad Minera,

Esta Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción, a propuesta de la Sección de Seguridad, Policía Minera y Explosivos, de conformidad con dichos informes, y dado que el expediente se inició en fecha anterior a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Real Decreto 2114/1978, de 2 de marzo, aprobando el nuevo reglamento de explosivos, ha tramitado el referido expediente, habida cuenta de la disposición transitoria segunda de dicho Decreto, conforme al Reglamento de Armas y Explosivos de 27 de diciembre de 1944, y según lo previsto tanto en los artículos 122 y 124 del Reglamento últimamente citado, como igualmente por el Decreto 1466/1962, de 22 de junio, que modifica y amplía el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica en materia de explosivos, ha tenido a bien autorizar el uso del mencionado explosivo incluyéndolo, con la calificación de alta potencia denominación comercial «Riogel-1» y designación oficial Nitramita 1D por su composición, en la lista oficial de explosivos industriales autorizados para usos civiles, en el cuarto grupo. Explosivos de uso limitado, del anexo número 1. Explosivos Ordinarios de uso general en canteras y minas. Limitado para las de carbón a las labores autorizadas en el artículo 51, que señala la Orden de 19 de junio de 1963, por la que se complementa el Reglamento de 22 de junio de 1962 en materia de explosivos.

Para el referido explosivo deberán cumplirse, en cuanto a su manipulación y almacenamiento, las disposiciones que la legislación vigente establece al respecto.

Madrid, 19 de julio de 1979.‒El Director general, José Sierra López.

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