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Documento BOE-A-1979-20668

Orden de 2 de julio de 1979 por la que se reconoce, clasifica e inscribe, con el carácter de Fundación cultural privada, de financiación y de promoción con el nombre de «Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña», de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19802 a 19803 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-20668

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el meritado expediente, y

Resultando que por don José Miguel Abad Silvestre, como Presidente de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Barcelona, en nombre de dicha entidad, se ha procedido a constituir la Fundación cultural privada de promoción y financiación denominada «Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña», mediante la correspondiente escritura pública, otorgada ante el Notario de dicha capital don Luis Roca-Sastre Muncunill; escritura que comprende la Carta Fundacional y los Estatutos por los que habrá de regirse la institución;

Resultando que, conforme al artículo 3.º de los Estatutos, constituye el objeto de la Fundación el estudio, la investigación científico-técnica y la formación permanente en el campo de la construcción, cuyos objetivos serán llevados a término, según el artículo 4.º, mediante la realización de trabajos por el propio Instituto, concesión de becas, ayudas y subvenciones a personas o entidades, organización de cursillos, seminarios, conferencias, concursos, certámenes, edición y distribución de libros, revistas y publicaciones que respondan a la expresada finalidad y realización de ensayos y análisis de materiales, modelos y soluciones constructivas;

Resultando que en la precitada escritura se fija el domicilio de la Fundación en la calle del Buen Pastor número 5, 3.º, de Barcelona; se determina su patrimonio Inicial, constituido por cinco millones de pesetas en efectivo metálico, con que la dota el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Barcelona; se encomienda su representación y gobierno a su primer Patronato, integrado por las personas que se relacionan en la estipulación cuarta de la Carta Fundacional; señalándose, en la sexta las que habrán de integrar la Comisión Permanente, y en la séptima, a quien ha de ostentar el cargo de Director, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos; abordándose, en suma, todo lo concerniente al funcionamiento de dicho Patronato; reglas para la aplicación de las rentas al objeto fundacional y para la determinación de los beneficiarios y supuestos de extinción;

Resultando que a este expediente, que ha sido tramitado polla Delegación Provincial del Ministerio en Barcelona, se han incorporado, además, escritos de todas las personas que integran el Patronato, aceptando sus cargos, los cuales han sido legitimados en su firma por fedatario público; un certificado de la Banca Catalana de Barcelona, acreditativo de hallarse depositado en la misma, a nombre de la Fundación, en imposición a plazo fijo, el capital de cinco millones de pesetas; el presupuesto de ingresos y gastos para el primer ejercicio económico de la institución y un programa de actividades para 1979, acompañado del oportuno estudio económico, que acredita la viabilidad de su realización;

Vistos el vigente Reglamento de las. Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972, el artículo 137 de la Ley General de Educación y las demás disposiciones de concordante aplicación;

Considerando que, al dictado de lo prevenido en el artículo 103,4, del Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas, es de la competencia de este Departamento el reconocer, clasificar y disponer la inscripción de las Fundaciones de este carácter, cuya tutela le ha sido atribuida por el artículo 137 de la Ley General de Educación;

Considerando que la Carta Fundacional y los Estatutos de la institución, contenidos en la escritura pública de uno de agosto de 1978, autorizada por el Notario de Barcelona don Luis Roca-Sastre Muncunill, reúnen los requisitos exigidos por el artículo 1.º del referido Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y las especificaciones determinadas por sus artículos 6 º y 7.º, por lo que es de estimar que la misma tiene el carácter de cultural privada, configurada como de financiación y de promoción (artículo 2.º, 2, y 4);

Considerando que el domicilio de la Fundación ha quedado debidamente establecido, su capital inicial (cinco millones de pesetas) reglamentariamente depositado en establecimiento bancario y su primer Patronato designado y adecuadamente regulado, habiendo aceptado sus componentes de modo expreso y formal el desempeño de su cargo;

Considerando que de los demás documentos aportados se ha de concluir, una vez examinado su contenido, que se han cumplido las previsiones del 84 del Reglamento de 21 de julio de 1972, por cuanto comprenden el presupuesto ordinario de ingresos y gastos para el primer ejercicio, una Memoria de actividades a realizar durante el presente año de 1979 y el estudio económico justificativo de la posibilidad de su realización,

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General del Protectorado sobre las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas y previo el informe de la Asesoría Jurídica del Departamento, ha resuelto:

Primero.

Reconocer, clasificar e inscribir, con el carácter de Fundación cultural privada, de financiación y promoción, la instituida en Barcelona por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de dicha capital, con la denominación de «Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña», mediante escritura pública, comprensiva de la Carta Fundacional y de los Estatutos, otorgada en primero de agosto de mil novecientos setenta y ocho, ante el Notario don Luis Roca-Sastre Muncunill.

Segundo.

Encomendar su representación y gobierno a las siguientes personas, integrantes de su primer Patronato, que han aceptado expresa y formalmente sus cargos y que a continuación se relacionan:

Presidente: Don José Miguel Abad Silvestre, Presidente del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Barcelona.

Vicepresidente: Don Luis Cantallops Valeri.

Vocales: Don Narciso Serra Serra, Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña; don Pedro Pi Sunyer Bayo, Consejero de Cultura de la Generalidad de Cataluña; don Oriol Bohigas Guardiola, Director de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona; don José Antonio Torroja Cabanillas, Director de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; don Francisco Compta González, Director de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Barcelona; don Eugenio Llopart Coll, Director de la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de Barcelona; don Femando Espiau Seoane; Presidente de la Federación de Entidades Empresariales de la Construcción de Barcelona; don Juan Torres Revilla; don Jaime Reynard Torrent; don Juan Carlos Cardenal González. Decano, del Colegio de Arquitectos de Cataluña y Baleares; don Jaime Sabater Albafull. Delegado en Barcelona del Colegio Nacional de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; don Juan Majó Crúzate, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña, y don Carlos Prieto Caballero.

Secretario (no patrono): Don José María Valeri Ferret.

Tercero.

Aprobar el presupuesto ordinario de ingresos y gastos que presenta la Fundación para su primer ejercicio y el programa de actividades y estudio económico redactados para el año de 1979.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 2 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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